viernes, 6 de septiembre de 2013

Gerardo Hernández está preso por un cargo del que no fue acusado



Gerardo Hernández Nordelo está preso por un cargo del que no fue acusado. En  el acta de acusación elaborado por la fiscalía el 12 de septiembre del 1998 contenía los cargos de "conspiración para cometer delitos contra Estados Unidos", "conspiración para cometer espionaje", "identidad falsa agente de un gobierno extranjero sin estar registrado ante el fiscal general de los EEUU".
En esa primera acusación, Por ningún lado aparece el cargo de: “Conspiración para Cometer Asesinato en primer grado”, este cargo surge unos  meses después  de haberse iniciado el proceso contra los cinco, coincidiendo con el regreso del niño Elian González a Cuba. La maniobra de incluir este cargo tenía como objetivo calmar los ánimos de la mafia cubano americana de Miami que se sentía derrotada por la decisión tomada de devolver al niño a Cuba. Sin embargo la propia fiscalía comprende que probarlo sería “una barrera insuperable”.

Antes de caer en el documento, debemos explicar por qué ese cargo, relacionado con el derribo el 24 de febrero de 1996 de dos avionetas de la organización anticubana "Hermanos al Rescate,"  es considerado por la Fiscalía una "barrera insuperable." más
Primero: El argumento inicial para incluir el cargo, está contenido en la suposición de que Gerardo envía la información a Cuba de que las avionetas de Hermanos al Rescate (1)  tenían previsto  violar el espacio aéreo cubano. Pero Gerardo no necesitaba enviar esa información a ningún sitio, el propio gobierno de los EEUU y el propio violador el señor Basulto se encargaron de informar con suficiente antelación para que el estado cubano reaccionara.


Esa información- provocación se hizo totalmente pública a través de dos vías,  una oficial y otra informal. : Debido a la cercanía  que existe entre los dos países todo avión que pasa cerca del espacio aéreo cubano, el controlador aéreo de EEUU debe llamar a Cuba y reportar las intenciones de cualquier avión que pase cerca de nuestro espacio aéreo.

El controlador aéreo de la base aérea de  Oppa Locka hizo esa llamada a Cuba, informando que los aviones  de la organización Hermanos al Rescate iban rumbo a Cuba. La vía informal es que el jefe de la organización anticubana José Basulto se dedicó a difundir en una conferencia de prensa cuales eran sus intenciones con el vuelo del próximo día.
El gobierno de Cuba, luego de mucha paciencia y advertencias al gobierno de EEUU y a las organizaciones internacionales encargadas de estos asuntos terminó por  derribar a las avionetas transgresoras.

En el incidente  mueren los pilotos. El cargo que se le imputa a Gerardo, asesinato en primer grado, requiere que el culpable haya participado de alguna manera en el crimen. Es decir Gerardo debió haber piloteado, o guiado el caza que derriba a los aviones piratas.

La orden de derribar a las avionetas fue una decisión soberana del estado cubano, en las circunstancias en que ocurre el hecho estaba más que justificada y en correspondencia con la  doctrina reconocida por el derecho internacional. Para que se comprenda bien: si un avión no autorizado vuela sobre New York a la altura que volaron los cessna sobre La Habana la respuesta de los EEUU hubiera sido la misma derribar a los pirata (US Patriotic Act.).

Gerardo no participa en la decisión tomada por razones obvias, pues e encontraba en suelo americano y su jerarquía no estaba al nivel de los decisores.

La acción contra esos aviones fue anunciada y advertida una y otra vez por las  vías oficiales, diplomáticas, y del personal cubano a cargo de la defensa del espacio aéreo soberano, debido a que sistemáticamente estaban violando el espacio aéreo de la isla y poniendo en peligro la seguridad aérea de la zona. El ciudadano José Basulto tenía  suspendida su licencia de vuelo por las constantes violaciones cometidas en esos meses.

Durante el juicio contra Los Cinco, la fiscalía no fue capaz de sostener la acusación de Conspiración para Cometer Asesinato. Debido a que esta acusación generaba una barrera que por sus implicaciones podía complicar el trabajo general de los acusadores estos le pide a la jueza retirar el cargo, pero contra toda lógica la jueza se niega.

La fiscalía insiste y el 30 de mayo del 2001 en una moción de emergencia dirigido al onceno circuito de apelaciones de Atlanta el Primer Fiscal Asistente  Barry Sabin declara 19 veces (¡!) en 41 páginas la imposibilidad de probar el cargo y pide retirarlo. En el orden jurídico este paso significa que el acusador se desentiende de este cargo. Lo que en palabra comunes significa que el gobierno de EEUU retiró o no sostuvo la acusación de conspiración para cometer asesinato en primer grado.
Contra toda racionalidad en la sanción desmedida contra Gerardo Hernández Nordelo (3), el peso mayor lo tiene este cargo, a pesar de que fue retirado por los acusadores. Cuando la jueza se dirige al jurado y le da las instrucciones necesarias  le advierte de esta situación, es decir que esa acusación había sido finalmente borrada y no debía tenerse en cuenta.

Pero bajo la terrible presión que sobre ellos pesaba debido a la campaña de odio y venganza generada por la prensa de Miami, campaña que como se sabe hoy fue orquestada y pagada por el gobierno de los EEUU  el jurado, declara culpable a Gerardo. Es por ello que este cubano es un  preso que está sancionado por una causa de la que no fue acusado.

Con la colaboración de Jorge Jerez Belisario
Proximamente podrá disponer de  más información sobre este caso


Notas
(1) Los Cessnas 336-337 Skymaster no eran simples avionetas. Se trata de aviones militares empleados por una veintena de ejércitos de todo el mundo, incluidos los Estados Unidos. Se distinguen por su gran maniobrabilidad y efectividad en misiones de espionaje y pequeños bombardeos.
Desde el 24 de febrero de 1996 sobre La Habana se había establecido un área llamada mud-9, donde las FAR realizaban ejercicios militares. Para informarlo, Cuba transmitió varios Notams (notificaciones de operación) a las autoridades norteamericanas, quienes a su vez alertaron a las naves que partían desde su territorio, incluidos Hermanos al Rescate.

(2)En junio de 1996 una comisión de la Organización de la Aviación Civil Internacional (OACI), tras investigar los hechos del 24 de febrero, determinó que Cuba había actuado según los acuerdos internacionales que establecen el derecho de cada Estado a tomar medidas para prohibir el uso de aeronaves en su territorio con fines incompatibles con el Convenio de Aviación Civil Internacional. Dicho informe no pudo ser refrendado por el pleno de la institución debido a incumplimientos y retrasos en la entrega de la información de sus radares por parte de los Estados Unidos. La institución concluyó que Hermanos al Rescate había cometido reiteradamente graves violaciones:

  • Volar a baja altura.
  • Volar sin autorización fuera de los corredores establecidos y en zona de alta densidad poblacional.
  • Interrumpir los canales de comunicación para el control aéreo.

Cinco años más tarde, el mismo organismo, Cuba y los abogados de la defensa en el caso de los Cinco, solicitaron a la NASA las imágenes satelitales de la fecha y lugar de los acontecimientos para corroborar los datos de los radares de la Isla. La institución de la aeronáutica y el espacio en los Estados Unidos nunca ha respondido a ese reclamo.


(3) Gerardo Hernandez Nordelo (Manuel Viramontes) # 58739-004 USP Victorville PO BOX 5300 Adelanto, CA 92301
 
Tomado de Turquinauta.blogspot.com

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